Última actualización: 8:38
Serán 45 días

Agentes varones del Poder Judicial de Chaco tendrán licencia por paternidad

Si el del hijo o hija del agente estuviese a más de 200 kilómetros serán adicionados dos días hábiles de licencia.
Si el del hijo o hija del agente estuviese a más de 200 kilómetros serán adicionados dos días hábiles de licencia.

Los agentes varones que integren el Poder Judicial tendrán derecho a 45 días corridos de licencia por paternidad con goce de haberes. Así lo estableció el Superior Tribunal de Justicia a través de la resolución 151/24, en virtud de la ley 3911-A.

fecha de notificación fehaciente del otorgamiento de la guarda.

Además, los y las agentes tendrán derecho a dos días hábiles de licencia remunerada por nacimiento u otorgamiento de guarda con fines de adopción de nieto o nieta. En casos de nacimiento o adopción múltiple será adicionado un día hábil por nieto o nieta.

En casos de nacimiento o adopción múltiple será adicionado un día hábil por nieto o nieta. Si el del hijo o hija del agente estuviese a más de 200 kilómetros serán adicionados dos días hábiles de licencia. Al igual que en el caso anterior, los plazos se contarán a partir de la fecha de notificación fehaciente del otorgamiento de la guarda.

Acreditación
Las licencias deberán acreditarse con fotocopia certificada de la partida de nacimiento expedida por el Registro Civil o con la sentencia de guarda con fines de adopción.

El nacimiento prematuro y trastorno congénito serán acreditados con certificado médico o historia clínica debidamente visados por el Instituto Médico Forense o Salud Pública.

Las y los agentes deberán tener una antigüedad mínima de un año para hacer uso de las licencias previamente descriptas.

151/2024 - Licencia por paternidad by prensastjchaco on Scribd

Lectores: 225

Comentarios

MÁS NOTICIAS

Invitame un café en cafecito.app

POPULARES