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Piquetero corrupto

Héctor Sandoval declaró la nulidad de la prisión domiciliaria que una jueza le concedió a Carlos Barraza

El juez Héctor Sandoval declaró la nulidad de lo actuado por su par Pereyra y Barraza volverá a prisión. Fonteina elevó un escrito al equipo fiscal de turno para que apele dos fallos.
El juez Héctor Sandoval declaró la nulidad de lo actuado por su par Pereyra y Barraza volverá a prisión. Fonteina elevó un escrito al equipo fiscal de turno para que apele dos fallos.
Sandoval, emitió un fallo decisivo tras el polémico beneficio de prisión domiciliaria al imputado Carlos Barraza, declarando la nulidad absoluta de lo resuelto el 19 de julio.
Sandoval, emitió un fallo decisivo tras el polémico beneficio de prisión domiciliaria al imputado Carlos Barraza, declarando la nulidad absoluta de lo resuelto el 19 de julio.

El Juez de Garantías Número 2 de Resistencia, Héctor Sandoval declaró la nulidad de la prisión domiciliaria que le concedió una jueza durante la feria judicial al piquetero Carlos Iván Barraza, quien fue denunciado por testigos protegidos de cometer maniobras delictivas a través de Asociación Civil "Humildad", la misma que el año pasado durante la gestión de Jorge Capitanich recibió una camioneta de la Policía del Chaco, porque supuestamente estaba fuera de servicio.

Sandoval declaró mediante el oficio número 36 del 23 de Julio del corriente año, declarar la nulidad absoluta del interlocutorio  35 de fecha 19 de Julio del  2024 ), dictado por la Jueza de Garantías 1, María de las Mercedes Pereyra -de Feria-, por violación de esenciales garantías de raigambre constitucional previstas bajo sanción expresa de sanción de nulidad y, por lo tanto, declarable de oficio en cualquier estado y grado del proceso, conforme los fundamentos expuestos (arts. 191, 192, inc. 2, 193, 347 y conc. Del CPP; 81 de la ley 1-B OPJ; 18 CN y 20 CP).

A las "apuradas", la jueza cometió "un error procesal", por lo que Barraza deberá volver a l lugar original de detención, es decir la alcaidía.

Es de señalar que Miguel Fonteina, en calidad de Procurador General en feria, había elevado un escrito al equipo fiscal de turno para que apele dos fallos de la jueza titular del Garantías 1 de Resistencia, quien benefició a dos imputados con un régimen de prisión domiciliaria sin vigilancia.

Barraza fue detenido el 19 de enero tras estar prófugo y, antes de su captura, se realizaron allanamientos en varias propiedades, lo que terminó en el secuestro de documentos, materiales de construcción, vehículos, bicicletas y una lancha. Entre los vehículos incautados había camionetas, un tractor y canoas. También se encontraron una camioneta y varias escopetas pertenecientes a la Policía.

El piquetero fue llevado a la comisaría de Makallé en primera instancia. Luego el 26 de enero, la fiscal de investigaciones 10 Liliana Beatriz Irala le dictó la prisión preventiva. Finalmente, el 2 de marzo, el dirigente piquetero, a pesar de insistir con el pedido de nulidad de la causa, fue trasladado a la Alcaidía local.

La investigación incluyó documentos relacionados con la compra de materiales e insumos para la construcción y bicicletas donadas por el Estado. El piquetero está acusado por delito de fraude en perjuicio de administración publica en concurso real con peculado de bienes y servicios por cuatro hechos.

Lo que resolvió Sandoval

Sandoval, emitió un fallo decisivo tras el polémico beneficio de prisión domiciliaria al imputado Carlos Barraza, declarando la nulidad absoluta de lo resuelto el 19 de julio de 2024 por la magistrada María de Las Mercedes Pereyra. La decisión de Sandoval surge a raíz de la solicitud presentada por el Equipo Fiscal en feria este martes, quienes argumentaron que la decisión de la jueza violaba "sustanciales garantías constitucionales".

La fiscalía, tras la instrucción del Ministerio Público Fiscal, señaló que la jueza Pereyra no respetó los procedimientos penales, al no permitirles la intervención antes de conceder la prisión domiciliaria a Barraza. Este error procesal, según expresaron, "constituye una violación a los derechos de todas las partes involucradas y justifica la nulidad del fallo".

Cuestionaron también que Pereyra no realizó una audiencia de oposición, trámite necesario para la concesión de la prisión domiciliaria y, además, ignoró el informe médico de la doctora Silvia Iribas, que indicaba que Barraza estaba en condiciones de salud normales y que su tratamiento podía llevarse a cabo en la cárcel.

El juez Sandoval sostuvo que la falta de intervención del Ministerio Público en el proceso y la ausencia de una audiencia de oposición representan "graves violaciones al debido proceso", tal como lo exige la ley procesal. Asimismo, enfatizó que la habilitación de la feria judicial debe ser una medida excepcional y restrictiva, aplicada solo en casos de urgencia que no admitan demora en su tratamiento, lo cual no se justificó en este caso.

En consecuencia, declaró de oficio la nulidad absoluta de lo actuado por su par y revocó la modificación de la prisión preventiva en prisión domiciliaria concedida a Carlos Barraza, quien deberá regresar a su lugar de detención original.

La decisión de Sandoval surge a raíz de la solicitud presentada por el Equipo Fiscal en feria este martes.
La decisión de Sandoval surge a raíz de la solicitud presentada por el Equipo Fiscal en feria este martes.
Argumentaron que la decisión de la jueza violaba "sustanciales garantías constitucionales".
Argumentaron que la decisión de la jueza violaba "sustanciales garantías constitucionales".
La fiscalía, tras la instrucción del Ministerio Público Fiscal, señaló que la jueza Pereyra no respetó los procedimientos penales, al no permitirles la intervención antes de conceder la prisión domiciliaria a Barraza.
La fiscalía, tras la instrucción del Ministerio Público Fiscal, señaló que la jueza Pereyra no respetó los procedimientos penales, al no permitirles la intervención antes de conceder la prisión domiciliaria a Barraza.
Este error procesal, según expresaron, "constituye una violación a los derechos de todas las partes involucradas y justifica la nulidad del fallo".
Este error procesal, según expresaron, "constituye una violación a los derechos de todas las partes involucradas y justifica la nulidad del fallo".
Cuestionaron también que Pereyra no realizó una audiencia de oposición, trámite necesario para la concesión de la prisión domiciliaria y, además, ignoró el informe médico de la doctora Silvia Iribas.
Cuestionaron también que Pereyra no realizó una audiencia de oposición, trámite necesario para la concesión de la prisión domiciliaria y, además, ignoró el informe médico de la doctora Silvia Iribas.
Ese informe indicaba que Barraza estaba en condiciones de salud normales y que su tratamiento podía llevarse a cabo en la cárcel.
Ese informe indicaba que Barraza estaba en condiciones de salud normales y que su tratamiento podía llevarse a cabo en la cárcel.
Sandoval declaró la nulidad absoluta de lo actuado por su par y revocó la modificación de la prisión preventiva y Barraza, deberá regresar a su lugar de detención original.
Sandoval declaró la nulidad absoluta de lo actuado por su par y revocó la modificación de la prisión preventiva y Barraza, deberá regresar a su lugar de detención original.
Antes de su captura, se realizaron allanamientos en varias propiedades, lo que terminó en el secuestro de documentos, materiales de construcción, vehículos, bicicletas y una lancha
Antes de su captura, se realizaron allanamientos en varias propiedades, lo que terminó en el secuestro de documentos, materiales de construcción, vehículos, bicicletas y una lancha
Barraza antes de ser detenido estuvo prófugo.
Barraza antes de ser detenido estuvo prófugo.
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