El Gobierno nacional ya definió cuáles son los fines de semana largo de 2025, con sus respectivos días no laborables puentes con fines turísticos y los feriados correspondientes. La medida fue oficializada por el decreto 1027 publicado este jueves 21 de noviembre en el Boletín Oficial.
A través del decreto oficial, el Gobierno estableció los días no laborables con fines turísticos de 2025. Se trata de tres días distintos, unidos a feriados, que extienden los fines de semana con la intención de promover los viajes, el turismo interno y disminuir los efectos negativos de la estacionalidad en el sector.
El Gobierno pasó los feriados turísticos a días no laborales en 2025. Los días no laborales son optativos a elección del empleador. En dichos días, la paga será simple. pic.twitter.com/6hSmpcI0Lt
— Real Time (@RealTimeRating) November 21, 2024
El primer día no laborable puente fue asignado para el viernes 2 de mayo, el cual complementa el feriado nacional del 1º de mayo, el Día Internacional del Trabajador.
El segundo llega dos meses después: el viernes 15 de agosto, a raíz del feriado del 17 de ese mes en el que se conmemora el paso a la inmortalidad del general José de San Martín. En 2025 cae un domingo, coincidiendo con el Día del Niño. Aunque se trata de un feriado trasladable, como es en un fin de semana este no se puede correr a otra fecha, por lo cual se decidió establecer un asueto puente.
El último de los fines de semana extralargo de 2025 será el viernes 21 de noviembre, que amplía el feriado del jueves 20, con motivo del Día de la Soberanía Nacional.
Cuáles son los feriados confirmados de 2025 y los puentes
Si bien el Gobierno estableció los días no laborables puente, aún no se oficializó el calendario de feriados 2025. Sin embargo, hay una serie de días de descanso que se pueden adelantar y están detallados en la ley 27.399 de “Establecimiento de feriados y fines de semana largos” que define cuáles son los feriados nacionales inamovibles, establecidos por ley. Algunos de ellos, como el Año Nuevo o los días de Carnaval, se ajustan a las vicisitudes del calendario gregoriano, y así cambian año tras año su lugar en la semana. Por otro lado, determinadas fechas patrias están fijadas en las efemérides que conmemoran. También están los feriados trasladables, categoría que agrupa a distintas celebraciones que pueden caer en fin de semana, moverse al lunes anterior cuando caigan un martes o miércoles, o al posterior si caen un jueves o viernes.
Enero
Miércoles 1° de enero: Año Nuevo (feriado inamovible)
Marzo
Lunes 3 y martes 4 de marzo: Carnaval (feriado inamovible)
Lunes 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (feriado inamovible)
Abril
Miércoles 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (feriado inamovible)
Jueves 17 de abril: Jueves Santo (día no laborable)
Viernes 18 de abril: Viernes Santo (feriado inamovible)
Mayo
Jueves 1° de mayo: Día del Trabajador (feriado inamovible)
Viernes 2 de mayo: día no laborable puente
Domingo 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo (feriado inamovible)
Junio
Lunes 16 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes (se trasladaría del martes 17 de junio por ser un feriado trasladable)
Viernes 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano (feriado inamovible)
Julio
Miércoles 9 de julio: Día de la Independencia (feriado inamovible)
Agosto
Viernes 15 de agosto: día no laborable puente
Domingo 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín (feriado trasladable)
Octubre
Domingo 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable)
Noviembre
Viernes 21 de noviembre: día no laborable puente.
Lunes 24 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (se trasladaría del jueves 20 de noviembre por ser un feriado trasladable).
Diciembre
Lunes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible)
Jueves 25 de diciembre: Navidad (feriado inamovible).
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