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Fraude en perjuicio de la administración pública

Germán Oestmann, Jorge Alcántara y otros a juicio por corrupción en la Uncaus

Además de Oestmann, también están procesados funcionarios de la universidad y personas vinculadas a fundaciones relacionadas con la institución que tiene sede central en Sáenz Peña.
Además de Oestmann, también están procesados funcionarios de la universidad y personas vinculadas a fundaciones relacionadas con la institución que tiene sede central en Sáenz Peña.
La jueza considera a los acusados
La jueza considera a los acusados "prima facie" responsables lo que significa que ha encontrado evidencia suficiente para llevarlos a juicio, instancia en se determinará su culpabilidad o inocencia.

El Juzgado Federal de Presidencia Roque Sáenz Peña elevó a juicio este jueves la causa que investiga por supuesta corrupción al rector de la Universidad Nacional del Chaco Austral (Uncaus), Germán Oestmann, y otras 17 personas vinculadas a esa alta casa de estudios.

El proceso judicial buscará dilucidar responsabilidades penales en torno a presuntos delitos como fraude, malversación de fondos públicos y asociación ilícita.

Además de Oestmann, también están procesados funcionarios de la universidad y personas vinculadas a fundaciones relacionadas con la institución que tiene sede central en Sáenz Peña.

Elevación a juicio

La jueza Federal de Formosa María Belén López Macé -en una resolución que fue publicada este jueves- decidió elevar a juicio a Germán Eduardo Oestmann; Marcelo Javier Marinich; Natalia Evelin Judis; Manuel Alejandro Ricardone; Cristian Gabriel Vizgarra; Luis Sebastián Pugacz; Lucas Oscar Antonio Stegagnini, Jorge Eduardo Alcántara; José Darío Yarros; Juan Marcelo Dominguez; Jonatan Antonio Gal y Pedro Paulo Mijalec; por encontrarlos autores penalmente responsables “prima facie” de los delitos de Fraude en Perjuicio de la Administración Pública”, “Abuso de Autoridad y Violación a los Deberes de los Funcionarios Públicos”, “Malversación de caudales públicos” y “Asociación Ilícita” todos en concurso real, en la causa UNCAus III. La causa fue investigada por el fiscal federal Carlos Amad. Junto a la causa UNCAus II serán ventiladas en el Tribunal Oral Federal de Resistencia.

El documento de elevación a juicio recoge las imputaciones, los argumentos de la defensa y las pruebas presentadas todo en el marco de la investigación por supuestas irregularidades y corrupción en el manejo de la Uncaus.

En el caso de Oestmann, rector de la universidad desde el 28 de noviembre de 2018, ha sido procesado por varios delitos relacionados con la administración fraudulenta de fondos de la universidad y fundaciones vinculadas.

Al haber sido elevado a juicio el caso hay que tener en cuenta que la jueza considera a los acusados "prima facie" responsables lo que significa que ha encontrado evidencia suficiente para llevarlos a juicio, instancia en se determinará su culpabilidad o inocencia.

Los delitos por los que Oestmann irá a juicio

A Oestmann se le imputa fraude en perjuicio de la administración pública (artículo 174, inciso 5 del Código Penal) acusado de haber puesto en circulación fondos de procedencia ilícita, incluyendo la adquisición de dos inmuebles y la administración de gastos de la Escuela de Negocios (ENCA) a través de la Fundación Uncaus sin que se reflejaran en los estados contables.

También abuso de autoridad y violación a los deberes de funcionario público (artículo 248 del CP) a raíz de la contratación excesiva de personal de la universidad sin contraprestación, incluyendo a familiares como su madre su hermana; y también se lo acusa de autorizar la compra de un vehículo con autorización para conducir a su nombre.

Otra de los delitos por los que está procesado es malversación de caudales públicos (artículo 260 del CP) por desviar fondos de la universidad en el marco de convenios con la Fundación Uncaus, facturar insumos de la obra social de la institución y no justificar sus ingresos y acreditaciones bancarias, todo entre 2018 y 2021.

Finalmente, también fue procesado por asociación Ilícita (artículo 210 del C.P.) al ser acusado de formar parte de una organización criminal que desvió fondos de la Uncaus y fundaciones vinculadas.

Más imputados

Por otro lado, Juan Marcelo Sang; Carla Anahí Palacios; Ricardo Alberto José Salín y María Fernanda Del Giorgio; también irán a juicio por encontrarlos autores penalmente responsables “prima facie” de los delitos de “Fraude en Perjuicio de la Administración Pública”, “Abuso de Autoridad y Violación a los Deberes de los Funcionarios Públicos”, “Malversación de caudales públicos”, “Negociaciones incompatibles con el ejercicio de las funciones públicas” y “Asociación Ilícita” todos en concurso real.

Dora Gabriela Loto y Sandra Alina Bondar; también comparecerán ante el TOF, por encontrarlas autoras penalmente responsables “prima facie” de los delitos de “Fraude en Perjuicio de la Administración Pública” y “Asociación Ilícita» todos en concurso real.

La causa

Germán Eduardo Oestmann, (rector de la UNCAUS desde el 28/11/2018), empleado de la Fundación Uncaus desde mayo/2016 hasta sep./2017 y empleado de la Uncaus desde 02/2016 hasta ahora. Abogado de Omar y Enzo Judis, antes de ser rector de la Universidad, intermediario como abogado entre la Fundación Chaco Solidario y la Universidad.

Los hechos imputados son:

1.- Habría puesto en circulación fondos de procedencia ilícita mediante un convenio con el Municipio de Taco Pozo firmado en febrero de 2019 para el dictado de varias carreras a distancia en dicho Municipio, convenio que no fue mencionado en la memoria de los Estados Contables de la “Fundación Educación para Todos” firmado por Ricardone y el rector en representación sólo de la Uncaus.

2.- Habría malversado fondos mediante la delegación simultánea de las áreas virtuales y de posgrado a la “Fundación Educación para Todos” y a la Fundación Uncaus, sin convenio. Dichos gastos obrarían en los ejercicios contables de ambas Fundaciones.

3.- Habría puesto en circulación fondos de procedencia ilícita mediante extracciones del Bco. Patagonia en fechas 22/12/2017, 07/07/2021 y 15/10/2021 por USD 15.000, $350.000 y $ 560.000 respectivamente; según surge del Informe de la UIF N°318/21.

4.- Habría puesto en circulación fondos de procedencia ilícita mediante dos transferencias internacionales los días 13/08/2021 y 16/11/2021 por USD 3.200 y USD 1.350 respectivamente, desde una cuenta de la Uncaus del Bco. Galicia con destino a una cuenta radicada en USA, titularidad de CLOUDLABS LLC., en concepto de “Servicios de Informática”, los cuales no figurarían en los estados contables, al cierre de fecha 31/12/2021, según surge del Informe de la UIF N° 318/21.

5.- Habría utilizado personas 5 interpuestas (prestanombres o testaferros) con el objeto de ocultar la verdadera titularidad de determinados activos, los que mediante facturaciones falsas a la Universidad por parte de las Fundaciones por supuestos servicios profesionales. Como serían los casos de la facturación de Del Giorgio, Nadelman y Marinich, entre otras, personas que siendo empleados de la Uncaus le habrían facturado por supuestos servicios profesionales.

6.- Habría intervenido en la contratación en forma excesiva de personal, todos registrados como personal en relación de dependencia de la Uncaus, y de quienes la Universidad no recibe ninguna contraprestación, como es el caso de Clara Edith Mechali (su madre) y Brenda Oestmann (su hermana), con domicilio en Resistencia, Chaco, o Optcaczuk Yésica María (hermana de la escribana de la Universidad) quien vive en Holanda, pero sin embargo también cobraría un sueldo de la Universidad.

7.- Habría puesto en circulación fondos de procedencia ilícita mediante la adquisición de dos inmuebles, uno de ellos en fecha 29/09/2020 identificado con el Folio Real N° 3892 de 12,50 metros por 50 metros de fondo ubicado en esta ciudad – REFIERE A PRESIDENCIA ROQUE SÁENZ PEÑA-, por la suma de $ 2.800.000 según obra en la planchuela del RPI y el otro adquirido mediante un contrato de mutuo con garantía hipotecaria al Nuevo Banco del Chaco S.A. por la suma de $ 200.000 el 25/08/2020, ello conforme surge del legajo de los escribanos aportados como pruebas.

8.- Habría malversado fondos de la Universidad e incumplido su deber como Funcionario Público al permitir que la UEGP 188 sea administrada por la Fundación Uncaus según convenio (a cargo de la educación a nivel secundario y Terciario), pero funcionando en el edificio de la Universidad utilizando todos sus recursos como aulas, laboratorios, insumos, docentes, comedor, y demás instalaciones de la Uncaus. Dicha entidad educativa recibiría de la Nación o Provincia la suma de $ 110.761.162,79.-, y la Fundación Uncaus no tendría la documentación respaldatoria del detalle de los gastos del mismo.

9.- En su calidad de rector de la Universidad, sería el responsable directo de la suscripción del convenio entre la Universidad y la Fundación Uncaus en el desvío de fondos mediante dicho convenio por el cual la Universidad le giró el 02/03/2021 a la “Fundación Uncaus” una “colaboración” por la suma de TREINTA MILLONES DE PESOS $ 30.000.000, los que serían aplicados por la Fundación para hacer frente a los Gastos de Funcionamiento de la UME, comprometiéndose ésta última a presentar en forma Bimestral o cada vez que la Universidad se lo solicitara un informe con la rendición de cuentas detallando las erogaciones de los fondos recibidos, por lo que la responsabilidad surgiría por la falta de control posterior o rendición de ese dinero.

10.- Sería responsable directo en su calidad de rector de la Universidad, por el desvío de fondos provenientes del convenio suscripto el 01/07/22, “Convenio Específico de Fortalecimiento Institucional entre la Universidad del Chaco Austral y la Fundación Uncaus” mediante el cual la Universidad se comprometía a colaborar con $ 3.000.000 (tres millones de pesos), en forma mensual con la Fundación Uncaus que serían aplicados por la Fundación para hacer frente a los Gastos de Funcionamiento de la UME, comprometiéndose ésta última a presentar en forma Bimestral o cada vez que la Universidad se lo solicitara un informe con la rendición de cuentas detallando las erogaciones de los fondos recibidos, por lo que la responsabilidad surgiría por la falta de control posterior o rendición de ese dinero.

11.- Sería responsable directo en su calidad de rector de la Universidad, en la suscripción de un convenio entre la Fundación Educación para Todos y la Universidad, donde la primera le otorga “subsidios” a la Uncaus, por $2.000.000 mensuales, Convenio suscripto entre Stegagnini – Secretario de UNCAUS y consorte de causa- y usted el 20/05/2021. De la documentación enviada por la FundaciónEducación para Todos, obra una nota de la Secretaría Administrativa con fecha 20/05/21 firmada por Stegagnini mediante la cual la Universidad le solicitó a la Fundación dinero por $ 1.971.700 para el pago de Becas, lo que dio lugar al Expediente N° 01-2021-02614. En los Estados Contables cerrados al 30/06/21 de la Fundación Educación para Todos no hay ninguna cuenta que refleje específicamente el pago de Becas, pudiéndose quizás haberse registrado este importe como “Donaciones”, cuenta en la que no se aclara que conceptos o que donaciones son las que la integran. De la lectura tanto de la Nota de Solicitud como de la Nota de respuesta a la Universidad con fecha también de 20/05/21 y del Mail enviado por Del Giorgio –consorte de causa- quien en ese entonces era presidente de la Fundación Educación para Todos a la Universidad, se especifica que los fondos son otorgados en concepto de “Subsidio no Reintegrable”, evidenciándose así, un circuito de dinero, en el que la Universidad le gira dinero a las fundaciones que colaboran con su administración, para luego las mismas Fundaciones la tengan que asistir con “subsidios” a la Universidad para afrontar becas. Dicha maniobra obra en la Documentación aportada en el apartado 10) del Requerimiento Fiscal.

12.-Habría facturado entre julio/2019 y junio/2021 a diferentes personas cuando ya era Rector de la Universidad, siendo ello incompatible con el ejercicio de su función pública. Ello en razón de lo dispuesto por el art. 40 del Estatuto Académico definitivo de la Universidad de fecha 22/06/2020 y conforme la Ley de Educación Superior Art. 54 LES: “El cargo de Rector o presidente será de dedicación exclusiva y para acceder a él se requerirá ser o haber sido profesor por concurso de una universidad nacional. “El cargo de rector es incompatible con cualquier otra actividad pública excepto la docencia en la misma universidad, o la de conferenciante, investigador, autor o miembro de academia, institución, social, literaria o cultural”.

13.- Habría malversado fondos del Estado Nacional mediante la contratación de seguros por parte de la Universidad, a través de la empresa Provincia Seguros donde tiene asegurados entre otros los siguientes dominios: MZK935 perteneciente a la empresa Tridelta SA, NIJ643 perteneciente a la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable y OGD428 la cual pese a pertenecer a la Universidad tiene como único autorizado a conducir a Cuello Pedro Atilio quien nunca fue empleado de la Universidad o alguna de las Fundaciones y quien, según Nosis, tiene domicilio en Buenos Aires y como domicilio alternativo en Formosa. Según el Informe de Inteligencia N° 0124/2022 de la UIF.

14.- En su calidad de gestor autorizado por el Consejo de la Administración de la Fundación Uncaus, con facultades para gestionar, cobrar y rendir cuentas de los fondos de la Fundación ante la “Fundación Chaco Solidario”, habría malversado la suma de $ 200.000 por el falso préstamo a la Fundación Chaco Solidario. Ello surge detallado en el punto IX.- HECHOS RELACIONADOS CON LA “FUNDACIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CHACO AUSTRAL” del Requerimiento Fiscal.

15.- Habría malversado fondos de la Universidad en su calidad de co-titular de la cuenta de la Universidad, junto con Ricardone y Palacios Carla Anahí, en relación a los gastos de la Escuela de Negocios (ENCA) que tiene la Universidad en Resistencia en la cual los gastos de mantenimiento corren por caja de la Fundación Uncaus, pero no se menciona en ningún Estado Contable. Que en fecha 10/04/2024, por esos hechos, se dictó su procesamiento, por encontrarlo autor penalmente responsable “prima facie” de los delitos de “Fraude en Perjuicio de la Administración Pública”, “Abuso de Autoridad y Violación a los Deberes de los Funcionarios Públicos”, “Malversación de caudales públicos” y “Asociación Ilícita”, todos en concurso real, cometidos en la órbita de la UNCAUS (Universidad Nacional del Chaco Austral).

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