En la antesala de la temporada de verano 2026, el Gobierno nacional autorizó oficialmente el traslado de mascotas en los servicios de transporte de larga distancia, tanto en micros como en trenes, bajo una serie de requisitos vinculados a la seguridad, la higiene y la convivencia entre pasajeros.
La medida fue formalizada a través de la Resolución 2076/2025 del Ministerio de Economía, publicada en el Boletín Oficial, y alcanza a los servicios de transporte automotor y ferroviario de pasajeros que operan bajo jurisdicción nacional.
Según la normativa, se considera animal doméstico a aquellos animales de compañía que conviven con las personas en un entorno hogareño y cuya tenencia no tenga fines comerciales ni de consumo. En tanto, los perros guía o de asistencia para personas con discapacidad quedaron excluidos de este régimen, ya que continúan rigiéndose por su normativa específica y mantienen la gratuidad del traslado.
La habilitación comprende a los micros de larga distancia y a los trenes interurbanos, como las formaciones del ferrocarril Mitre que conectan Retiro con Rosario, Córdoba y Tucumán, y los servicios del ferrocarril Roca entre Constitución y Mar del Plata.
Requisitos para viajar con mascotas
La resolución establece que cada pasajero mayor de edad podrá trasladar un solo animal doméstico, del cual será responsable durante todo el trayecto. El animal deberá viajar en un transportín o contenedor cerrado, diseñado especialmente para su traslado, que podrá ubicarse sobre la falda del pasajero, debajo del asiento delantero o en el asiento contiguo a la ventana, siempre que esté correctamente sujeto con el cinturón de seguridad.
Además, será obligatoria la presentación de la constancia de vacunación antirrábica y la documentación sanitaria correspondiente, conforme a las disposiciones vigentes y a las recomendaciones del Programa Nacional de Tenencia Responsable y Sanidad de Perros y Gatos.
La norma también indica que durante el viaje el animal no deberá generar molestias ni representar riesgos para el resto de los pasajeros, y que se deberán respetar las indicaciones de las empresas de transporte para garantizar el orden a bordo.
Tarifas y obligaciones de las empresas
La resolución habilita a las empresas de transporte automotor y ferroviario de larga distancia a establecer una tarifa específica por el traslado de mascotas, de acuerdo con las condiciones del mercado y en el marco de la Ley de Defensa del Consumidor. En el caso de los perros guía o de asistencia, el traslado continuará siendo gratuito.
Asimismo, las compañías podrán fijar condiciones adicionales vinculadas a las características de los animales transportados y deberán implementar procedimientos de limpieza y desinfección de las unidades. La normativa prevé, además, que en terminales y estaciones habilitadas existan espacios señalizados y acondicionados para la espera y el abordaje de pasajeros que viajen con animales domésticos.
De acuerdo con los considerandos de la medida, el objetivo es actualizar la regulación del transporte terrestre y adecuarla a las nuevas demandas de los usuarios, en un contexto donde el traslado de mascotas forma parte habitual de los viajes familiares de larga distancia.